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Información Importante
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PUBLICADO EL: 11/08/2010
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RECUERDE QUE:
- El monto máximo autorizado que un usuario puede enviar por mes es de USD 900, distribuidos entre los beneficiarios hasta un máximo de USD 300 por cada uno.
- Se excluyen como beneficiarios de remesas a: hermano(a), suegro (a), yerno-nuera, hijo del cónyuge (hijastro).
- Sobre la planilla RUSAD:
- Solo se permite una planilla con todos los beneficiarios.
- En caso de que su RUSAD actual contenga beneficiarios no aceptados por la nueva Providencia o no cumpla con el monto máximo autorizado de USD 900, deberá anular la solicitud vigente y realizar una nueva.
- El documento que demuestra el vínculo familiar con su beneficiario deberá consignarse en original, legalizado o apostillado.
- La constancia de residencia del beneficiario extranjero, que deberá estar legalizada por la Representación Consular Venezolana o Apostillada.
- La constancia de trabajo o certificación de ingresos, deberá expresar el ingreso percibido en los últimos seis(6) meses, con no mas de 30 días de expedida.
- Si usted envía a 3 o mas beneficiarios deberá presentar los Estados de Cuenta bancarios de los últimos 6 meses y sellados por la Institución Financiera.
- Se incorpora un nuevo formato, llamado Carta de Instrucción. Mediante este documento usted faculta, todos los meses, al operador cambiario para tramitar la solicitud y transferencia de la remesa. Casa de Cambio Zoom pone a su disposición el modelo de la Carta de Instrucción.
- Los documentos originales redactados en idioma distinto al castellano deberán estar traducidos por un intérprete público.
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